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La nueva directiva de comercio de derechos de emisión introduce novedades importantes respecto a la normativa actual. Para evitar las diferencias que se podían dar entre los diferentes planes nacionales de asignación se ha optado por establecer un techo de emisión de escala comunitaria. Por lo tanto desaparecen los planes nacionales de asignación. Parte importante de los derechos de emisión se asignarán a través de subasta. Para la generación eléctrica se prevé el 100% de subasta, con excepciones en los países del este. Para los sectores expuestos a fugas de carbono el 100% de asignación gratuita. Y para los sectores industriales que no están expuestos a fugas de carbono: del 20% en 2013 al 70% en 2020. Se introducen nuevos sectores en el régimen de comercio: producción de aluminio, cobre, zinc y metales no férreos en general, secado y calcinado de yeso, producción de ácido nítrico, ácido adípico, glioxal y ácido glioxálico, amoniaco, compuestos orgánicos de base, hidrógeno y carbonato sódico, y captura, transporte por tubería, y almacenamiento de CO2. Asimismo, se introducen gases distintos al CO2: PFCs en la producción de aluminio, N2O en la fabricación de algunos productos en la industria química (ácido nítrico, adípico, y glioxálico y glioxal). De la misma manera se establece la posibilidad de excluir las instalaciones de pequeño tamaño. Se definen aquellas con emisiones inferiores a las 25.000 t CO2 en los últimos tres años y umbral de capacidad térmica inferior a 35MW. Documento |