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El Consejo adopta la Ley Europea del Clima

El Consejo ha adoptado hoy su posición en primera lectura sobre la Ley Europea del Clima, poniendo fin así al procedimiento de adopción y estableciendo en la legislación el objetivo de una UE climáticamente neutra de aquí a 2050. Es el paso siguiente al acuerdo político alcanzado con el Parlamento Europeo el pasado 21 de abril y a la adopción por el Parlamento de su posición en primera lectura el 24 de junio.
“Celebro con gran satisfacción la conclusión de esta última fase de la adopción de la primera ley climática de la UE, que establece en la legislación el objetivo de neutralidad climática para 2050. Una de las prioridades de la Presidencia portuguesa ha sido alcanzar un acuerdo sobre la Ley Europea del Clima, y me alegro de que hayamos llegado a la línea de meta.”  João Pedro Matos Fernandes, ministro de Medio Ambiente y Acción por el Clima
Además del objetivo de neutralidad climática y el objetivo ideal de que la Unión consiga emisiones negativas a partir de 2050, la Ley Europea del Clima establece un objetivo vinculante para la Unión de reducción de las emisiones netas de gases de efecto invernadero (las emisiones una vez deducidas las absorciones) en al menos un 55 % de aquí a 2030 con respecto a los niveles de 1990. Con el fin de garantizar que se tomen medidas suficientes para reducir y evitar las emisiones de aquí a 2030, la Ley del Clima introduce un límite de 225 millones de toneladas de CO2 equivalente a la contribución de las absorciones a dicho objetivo. La Unión también tratará de lograr un mayor volumen de sumidero neto de carbono de aquí a 2030.
La Comisión propondrá además un objetivo climático intermedio para 2040, si procede, a más tardar seis meses después del primer balance mundial realizado con arreglo al Acuerdo de París. Al mismo tiempo, presentará un presupuesto indicativo de la Unión de emisiones de gases de efecto invernadero para el periodo 2030-2050, junto con su metodología subyacente. El presupuesto se define como el volumen total indicativo de las emisiones netas de gases de efecto invernadero (expresado en dióxido de carbono equivalente y con información por separado sobre las emisiones y absorciones) que se espera que se generen en ese periodo sin poner en peligro los compromisos adquiridos por la Unión en virtud del Acuerdo de París.
La Ley Europea del Clima establece un consejo científico consultivo europeo sobre cambio climático. Este consejo proporcionará asesoramiento científico independiente y elaborará informes sobre las medidas adoptadas por la UE, los objetivos climáticos, los presupuestos indicativos de gases de efecto invernadero y la coherencia con la legislación europea sobre el clima y con los compromisos internacionales de la UE en el marco del Acuerdo de París.
La Comisión colaborará con los sectores de la economía que opten por elaborar hojas de ruta voluntarias indicativas para alcanzar el objetivo de neutralidad climática de la Unión de aquí a 2050. Además de supervisar la elaboración de dichas hojas de ruta, la Comisión facilitará el diálogo a escala de la UE y el intercambio de mejores prácticas entre las partes interesadas.
Contexto y siguientes etapas
El Consejo Europeo, en sus Conclusiones del 12 de diciembre de 2019, respaldó el objetivo de alcanzar una UE climáticamente neutra de aquí a 2050, en consonancia con los objetivos del Acuerdo de París, reconociendo al mismo tiempo que es necesario instaurar un marco facilitador que beneficie a todos los Estados miembros y que abarque los instrumentos , incentivos, medidas de apoyo e inversiones adecuados para asegurar una transición eficiente en términos de costes, justa, así como socialmente equilibrada y equitativa, teniendo en cuenta las diferentes circunstancias nacionales en cuanto a los puntos de partida.
El 4 de marzo de 2020, la Comisión Europea adoptó su propuesta de Ley Europea del Clima como importante componente del Pacto Verde Europeo. El 17 de septiembre de 2020 la Comisión adoptó una propuesta que modificaba su propuesta inicial para incluir un objetivo revisado de reducción de las emisiones de la UE en el 55 % como mínimo para 2030. La Comisión publicó también una Comunicación sobre el Plan del Objetivo Climático para 2030, acompañada de una evaluación de impacto exhaustiva.
En sus Conclusiones de 10 y 11 de diciembre de 2020, el Consejo Europeo refrendó un objetivo vinculante para la UE de reducción interna neta de las emisiones de gases de efecto invernadero, de aquí a 2030, de al menos un 55 % con respecto a los valores de 1990.
El 17 de diciembre de 2020, el Consejo adoptó su orientación general sobre la propuesta de la Ley Europea del Clima, tras lo cual el Consejo y el Parlamento iniciaron una serie de diálogos tripartitos con el fin de alcanzar un acuerdo sobre el texto definitivo.
El Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo político provisional sobre la propuesta el 21 de abril de 2021.
Ahora que el Parlamento Europeo y el Consejo han adoptado la Ley Europea del Clima, esta se firmará y publicará en el Diario Oficial antes de su entrada en vigor.